domingo, 6 de septiembre de 2009

LA LUZ NO SE CORTA

En la causa “Defensor del Pueblo de la Nación – Inc. Med c/ EN – Ministerio de Planificación y otros sobre Resolución 1169/08, 745/05 y otras s/ proceso de conocimiento” , la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar que se había dispuesto en primera instancia, y que intimaba a las empresas distribuidoras EDENOR; EDESUR Y EDELAP a “que se abstengan de efectuar cortes en el suministro de energía eléctrica, motivado en la por falta de pago de las facturas emitidas en base al nuevo cuadro tarifario”.“ DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN – INC. MED C/ EN – MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y OTROS SOBRE RESOLUCIÓN 1169/08, 745/05 Y OTRAS S/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”

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